Cuanto se Paga a Hacienda por la Venta de Madera
¿Cuánto se paga a Hacienda por la Venta de Madera?
Los impuestos a pagar por la venta de madera dependen de varios factores, como el régimen tributario, la especie forestal y las subvenciones recibidas.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Estimación Objetiva (Módulos): El rendimiento neto se calcula mediante un porcentaje fijo del valor de la madera vendida: 13% para frondosas caducifolias y coníferas, y 26% para eucalipto, chopo y pino insigne.
- Estimación Directa: Se resta la base imponible del resultado contable, menos la reducción por irregularidad de renta (30%) y las exenciones por subvenciones (instrumento de ordenación aprobado).
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
- Régimen General: La venta de madera está sujeta al tipo general del IVA, que es del 21%.
- Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP): Se aplica un IVA compensatorio del 12%, sin posibilidad de deducción.
Impuesto sobre Sociedades (IS):
- Aplicable a comunidades de montes, SAT y sociedades civiles con personalidad jurídica.
- Tipo impositivo general: 25% (23% a partir de 2023).
- Exenciones de subvenciones (instrumento de ordenación aprobado).
- Comunidades de montes: Reducción de base imponible por reinversiones en mejora del monte o gastos de interés social.
Factores que Afectan la Tributación
- Especie forestal: El turno de tala (más o menos de 30 años) influye en el rendimiento neto.
- Régimen tributario: La estimación objetiva suele ser más ventajosa para ventas esporádicas.
- Instrumento de ordenación aprobado: Reduce el rendimiento neto en un 20%.
- Subvenciones: Están exentas en caso de instrumento de ordenación aprobado (turno medio superior a 20 años).
- Renta de carácter irregular: Permite una reducción adicional del 30%.
Casos Prácticos
Venta de madera de eucalipto con un turno de 20 años:
- En estimación objetiva, el rendimiento neto sería el 26% del valor de venta.
- En estimación directa, se restaría al resultado contable el 30% por irregularidad de renta y el 20% por el instrumento de ordenación aprobado.
Venta de madera de pino insigne con un turno de 40 años:
- En estimación objetiva, el rendimiento neto sería el 13% del valor de venta.
- En estimación directa, se aplicaría la exención por subvenciones si se cuenta con un instrumento de ordenación aprobado.
Recomendaciones
- Mantener registros detallados de las ventas y gastos relacionados con la venta de madera.
- Consultar con un asesor fiscal para determinar el régimen tributario más favorable.
- Cumplir con las obligaciones fiscales para evitar sanciones.
- Buscar exenciones y deducciones que puedan reducir la carga tributaria.

| Característica | Consejo/Punto Clave |
|---|---|
| Estim. Objetiva (IRPF) | Rendimiento neto previo: 13% (frondosas), 26% (eucalipto, chopo, pino) |
| Estim. Directa (IRPF) | Resultado contable con reducciones por irregularidad de renta (30%) y exenciones de subvenciones |
| Régimen General (IVA) | Recargo del 12% (REAGP) o 21% (otros) |
| REAGP (IVA) | IVA compensatorio del 12%, sin posibilidad de deducción |
| Tipo impositivo (IS) | 25% (23% a partir de 2023) |
| Exenciones (IS) | Subvenciones con instrumento de ordenación aprobado |
| Reducción (IS) | Comunidades de montes: reinversiones y gastos de interés social |
| Especie forestal | Afecta al turno de tala y la tributación |
| Instr. de ordenación | Reducción del rendimiento neto (20%) |
| Subvenciones | Exención si instrumento de ordenación aprobado (turno >20 años) |
| Renta irregular | Reducción adicional del 30% |
Preguntas Frecuentes sobre el Impuesto a la Venta de Madera
¿Cuánto pago a Hacienda por la venta de madera?
Para IRPF:
- Estimación Objetiva: 13% (frondosas caducifolias, coníferas) o 26% (eucalipto, chopo, pino insigne)
- Estimación Directa: Resultado contable, reducciones por irregularidad de renta (30%) y exenciones de subvenciones (instrumento de ordenación aprobado).
Para IVA:
- Régimen General: 12% (REAGP) o 21% (otros)
- REAGP: 12%, sin posibilidad de deducción
Para IS:
- Tipo impositivo general: 25% (23% a partir de 2023)
- Exenciones de subvenciones (instrumento de ordenación aprobado)
- Comunidades de montes: Reducción de base imponible por reinversiones o gastos de interés social
¿Qué factores afectan la tributación?
- Especie forestal
- Régimen tributario (estimación objetiva o directa)
- Instrumento de ordenación aprobado
- Subvenciones
- Renta de carácter irregular
¿Cómo declaro la venta de madera?
IRPF:
- Estimación Objetiva: Sección “Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestales en estimación objetiva”
- Estimación Directa: Declaración de la renta (Sección G)
IVA:
- REAGP: Actividad forestal susceptible de estar incluida en el Régimen Especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA
¿Qué gastos puedo deducir?
- Gastos de tala y transporte
- Gastos de preparación y almacenamiento
- Gastos financieros
¿Existen exenciones fiscales?
- Ventas inferiores a 6.000 euros anuales
- Ventas de madera para uso doméstico o de autoconsumo












