¿Qué ocurre con la indemnización si estoy de excedencia y la empresa cierra?
Cierre natural de la empresa y excedencia voluntaria
Cuando un trabajador se encuentra en situación de excedencia voluntaria y la empresa cierra de manera natural, surge la duda sobre si tiene derecho a indemnización. La respuesta es no.
Según la Sentencia del Tribunal Supremo 1088/2018, los trabajadores en excedencia voluntaria no tienen derecho a indemnización por despido colectivo en caso de cierre del centro de trabajo. Esto se debe a que durante la excedencia, su relación laboral se mantiene en un estado de “reingreso expectante”, sujeto a la disponibilidad de vacantes.
Fundamento legal
El artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores excedentes solo conservan un derecho preferente a reincorporarse a vacantes de categoría similar. La indemnización por despido colectivo (artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores) está reservada para empleados que pierden su trabajo por causas ajenas a su voluntad, lo cual no aplica a los trabajadores en excedencia voluntaria, ya que su ausencia es por elección propia.
Caso práctico
Una repostera de una fábrica de bombones solicitó una excedencia voluntaria. Durante su ausencia, la empresa cerró sus puertas. La repostera no tiene derecho a indemnización por despido, ya que su ausencia fue voluntaria y no se produjo por causas ajenas a su voluntad.
Excepción
Existen excepciones a esta regla general. Si los trabajadores contratados para cubrir una vacante de excedencia son despedidos debido al cierre de la empresa, tienen derecho a indemnización.
Resumen de los puntos relevantes sobre la excedencia voluntaria
- El trabajador no está obligado a trabajar ni recibir salario durante la excedencia.
- El vínculo laboral se mantiene, pero se reduce al mínimo.
- El tiempo de excedencia no cuenta para la antigüedad.
- El trabajador tiene derecho preferente a reincorporarse a vacantes de categoría similar.
- El tiempo de excedencia no cuenta para la indemnización por despido, excepto si se mantiene la retribución.
- El trabajador no puede competir con la empresa durante la excedencia.
- El convenio colectivo puede prohibir la concurrencia o establecer la pérdida de derechos.
- El trabajador puede ser despedido disciplinariamente por uso indebido de ventajas.
- Si la empresa cierra durante la excedencia, el trabajador no tiene derecho a indemnización.
- Si la empresa sufre una reconversión industrial, el derecho a reincorporarse puede persistir.
Preguntas frecuentes sobre excedencias voluntarias
¿Puede un empleado trabajar en otra empresa durante la excedencia?
Sí, a menos que exista una cláusula de no competencia o condición resolutoria en el contrato.
¿Qué ocurre si la empresa cierra antes del regreso del empleado?
El trabajador no recibe indemnización por despido, pero puede cobrar el paro si ha trabajado en otra empresa durante la excedencia.
¿Existen opciones si el centro de trabajo cierra pero hay otros similares?
El trabajador tiene derecho de preferencia sobre centros de trabajo similares o de su mismo grupo profesional.
¿Es obligatorio pactar la duración exacta de la excedencia?
Sí, es recomendable pactar la duración exacta para evitar problemas de gestión de recursos humanos.
¿Qué ocurre si la empresa no responde a una solicitud de reingreso?
El trabajador puede solicitar un reconocimiento del derecho de reincorporación o demandar por despido si la empresa niega su reincorporación.
Es importante que tanto el empresario como el empleado conozcan sus derechos y obligaciones antes de solicitar una excedencia voluntaria para garantizar el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos de ambas partes.

| Característica | Consejo/Punto Clave |
|---|---|
| Indemnización por Despido | Los trabajadores en excedencia voluntaria no tienen derecho a indemnización por despido colectivo en caso de cierre de la empresa. |
| Reingreso Expectante | Los trabajadores en excedencia tienen derecho a un reingreso “expectante”, sujeto a la disponibilidad de vacantes. |
| Derecho Preferente | Los trabajadores excedentes solo conservan un derecho preferente a reincorporarse a vacantes de categoría similar. |
| Ausencia por Elección Propia | La excedencia voluntaria es una ausencia del trabajo por elección del trabajador, no por causas ajenas a su voluntad. |
| Tiempo de Excedencia | El tiempo de excedencia no cuenta para la antigüedad ni para la indemnización por despido (excepto si se mantiene la retribución). |
| Prohibición de Competencia | El trabajador no puede competir con la empresa durante la excedencia. |
| Pérdida de Derechos | El convenio colectivo puede establecer la pérdida de derechos durante la excedencia. |
| Despido Disciplinario | El trabajador puede ser despedido disciplinariamente por uso indebido de ventajas durante la excedencia. |
| Cierre de Empresa | Si la empresa cierra durante la excedencia, el trabajador no tiene derecho a indemnización. |
| Reincorporación en Caso de Reconversión | El derecho a reincorporarse puede persistir si la empresa sufre una reconversión industrial. |
| Subrogación de Obligaciones | En caso de cambio de titularidad de la empresa, el nuevo empresario subroga las obligaciones hacia los trabajadores en excedencia. |
| Sucesión de Contratas | La subrogación en una sucesión de contratas puede limitarse a trabajadores con reserva de puesto. |
| Modulación del Derecho de Reincorporación | El convenio colectivo puede modular el derecho de reincorporación. |
| Prohibición de Prestar Servicios en el Mismo Sector | El convenio colectivo puede establecer la prohibición de prestar servicios en empresas del mismo sector. |
| Incumplimiento de la Condición Resolutoria | Si se incumple la condición resolutoria de no competencia, la empresa puede anular el derecho a reincorporarse. |
| ERE y Reincorporación | El derecho a reincorporarse puede persistir si la empresa no extingue el contrato en caso de un ERE. |
| Disponibilidad de la Plaza | La empresa puede disponer libremente de la plaza generada por el excedente. |
| Listas de Afectados por Despido Colectivo | Los trabajadores en excedencia que figuren en las listas de afectados por un despido colectivo no tienen derecho a indemnización. |
| Prestación por Desempleo | El trabajador puede cobrar el paro si ha trabajado en otra empresa durante la excedencia. |
Preguntas Frecuentes sobre Excedencia Voluntaria y Cierre de Empresa
1. ¿Qué pasa si estoy de excedencia y la empresa cierra?
Respuesta: En caso de cierre de la empresa durante la excedencia voluntaria, el trabajador no tiene derecho a indemnización por despido, ya que su derecho es a un “reingreso expectante”.
2. ¿Por qué los trabajadores en excedencia voluntaria no tienen derecho a indemnización?
Respuesta: Porque su ausencia es por elección propia, y no por causas ajenas a su voluntad, como en el caso de un despido colectivo.
3. ¿Qué pasa si la empresa cierra y el trabajador contratado para cubrir la vacante de excedencia sigue trabajando?
Respuesta: En ese caso, el trabajador contratado tendría derecho a indemnización por despido colectivo.
4. ¿Qué opciones tiene el trabajador en excedencia si la empresa cierra antes de su regreso?
Respuesta: El trabajador no recibe indemnización por despido, pero puede cobrar el paro si ha trabajado en otra empresa durante la excedencia.
5. ¿Existen opciones si el centro de trabajo cierra pero hay otros similares?
Respuesta: El trabajador tiene derecho de preferencia sobre centros de trabajo similares o de su mismo grupo profesional.












