Convenio Colectivo de Ingeniería y Oficinas Técnicas: Marco Legal para el Sector
El Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos establece las condiciones laborales para los trabajadores del sector, abarcando desde ingenieros y técnicos hasta personal administrativo y de apoyo.
Ámbito de aplicación
El convenio se aplica a todas las empresas españolas dedicadas a la ingeniería, estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad. Esto incluye a empresas que brindan servicios como diseño, cálculo, construcción y consultoría en estos campos.
Clasificación Profesional
El convenio establece un sistema de clasificación profesional basado en las titulaciones, aptitudes y funciones de los puestos de trabajo. Se definen cuatro grupos profesionales:
- Grupo I: Personal Técnico
- Grupo II: Personal Administrativo
- Grupo III: Técnico
- Grupo IV: Técnico y Administrativo
Dentro de cada grupo, existen nueve niveles salariales que determinan el salario base de los trabajadores.
Jornada Laboral y Vacaciones
La jornada laboral máxima anual es de 1.792 horas, distribuibles en hasta 46 horas semanales y 9 horas diarias. El convenio prohíbe las jornadas laborales los días 24 y 31 de diciembre. Los trabajadores tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones anuales.
Salarios
El convenio establece tablas salariales con incrementos anuales vinculados al IPC. Para el año 2024, los incrementos oscilan entre el 1,30% y el 3,50% en función del IPC. Además, se establece un plus de convenio anual que varía según el nivel salarial.
Prestaciones Sociales
El convenio ofrece prestaciones sociales como complemento de la prestación económica por enfermedad o accidente de trabajo, seguro complementario de accidentes y ayuda por lactancia. Los trabajadores también tienen derecho a una serie de permisos retribuidos por causas como matrimonio, fallecimiento y nacimiento.
Avances en el XX Convenio
El último convenio colectivo, firmado en 2023, introduce varias mejoras:
- Actualización de la denominación: Incluye la actividad de “inspección, supervisión y control técnico y de calidad”.
- Ajuste salarial: Incrementos del 3,50% en las tablas salariales de 2023, excepto en los niveles inferiores.
- Incremento de dietas y kilometraje: Aumento de las dietas y el precio del kilometraje.
- Clasificación profesional actualizada: Adaptada a las titulaciones y aptitudes actuales.
- Regulación del teletrabajo: Compensación por gastos de teletrabajo y derecho a la desconexión digital.
- Flexibilización de permisos retribuidos: Posibilidad de disfrute continuo o discontinuo del permiso por hospitalización de familiar.
El Convenio Colectivo de Ingeniería y Oficinas Técnicas es un marco legal esencial que garantiza condiciones laborales justas y equitativas para los trabajadores del sector. Su reciente actualización refleja las necesidades cambiantes de la industria y promueve la empleabilidad y el bienestar de los trabajadores.

| Característica/Consejo/Punto Clave | Información |
|---|---|
| Ámbito funcional | Servicios de ingeniería, estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad |
| Ámbito territorial | Todo el territorio del Estado español |
| Ámbito personal | Todo el personal excepto alta dirección |
| Clasificación profesional | Cuatro grupos profesionales (I-IV) y nueve niveles salariales |
| Jornada laboral | Máximo 1.792 horas anuales, distribuibles hasta 9 horas diarias y 46 horas semanales |
| Vacaciones | 23 días laborables anuales |
| Permisos | Retribuidos por diversas causas (matrimonio, fallecimiento, nacimiento, etc.) |
| Salarios | Tablas salariales con nueve niveles salariales |
| Prestaciones sociales | Complemento de la prestación de la Seguridad Social por enfermedad o accidente de trabajo hasta el 100% del salario |
| Otros aspectos | Plus de convenio anual, regulación del trabajo a distancia y teletrabajo |
| Actualización de tablas salariales 2024 | Incremento del 2,30% debido al IPC |
| Plus de convenio 2024 | 2.493,50 euros anuales |
| Salario mínimo anual 2024 (nivel 1) | 28.664,12 euros |
| Salario mínimo anual 2024 (nivel 8) | 15.460,44 euros |
| Revisión de salario mínimo | Remisión al artículo 34 bis |
| Denominación actualizada | Incluye “inspección, supervisión y control técnico y de calidad” |
| Ajuste salarial 2023 | Aumento del 3,50%, excepto en niveles 8 y 9 |
| Incremento de dietas y kilometraje | Dietas sin pernocta: 11,50 € (12 € desde 2024); dietas con pernocta: 51 €; kilometraje: 0,28 € por kilómetro |
| Teletrabajo | Compensación de gastos de teletrabajo con 1 € al día |
| Derecho a la desconexión digital | Regulación para proteger la salud de los trabajadores y la conciliación laboral y personal |
¿Quiénes están incluidos en el ámbito de aplicación del convenio?
Todo el personal de las empresas de ingeniería, estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad, excepto el personal de alta dirección.
¿Cuál es la jornada laboral máxima?
1.792 horas anuales, distribuibles semanalmente hasta un máximo de 9 horas diarias y 46 horas semanales.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
23 días laborables anuales.
¿Qué permisos retribuidos están contemplados?
Permisos por matrimonio, fallecimiento, nacimiento, etc. La hora diaria de ausencia por lactancia puede acumularse hasta dos semanas ininterrumpidas de permiso.
¿Cómo se clasifican los trabajadores?
En cuatro grupos profesionales (técnico, administrativo, técnico y administrativo) y nueve niveles salariales.
¿Cuáles son los salarios vigentes para 2023?
La información sobre los salarios vigentes para 2023 no se encuentra en el texto proporcionado.












